Modelo 033. Declaración de Impuesto de Gastos Suntuarios (Cotos)
J) Impuestos y tasas
Declaración de Impuesto de Gastos Suntuarios (Cotos)
Descripción
El Impuesto sobre Gastos Suntuarios gravará el aprovechamiento de los cotos privados de caza y pesca, cualquiera que sea la forma de explotación o disfrute de dicho aprovechamiento.
A quién va dirigido
Personas físicas o jurídicas titulares de los cotos o a las que corresponda, por cualquier título, el aprovechamiento de la caza o pesca en el momento de devengarse el Impuesto.
Cómo se tramita
Plazo de resolución
Los propietarios de bienes acotados sujetos a este Impuesto, deberán presentar dentro del primer mes de cada año declaración de la persona a la que corresponda el aprovechamiento de la caza o pesca.
Recibida la declaración anterior, el Ayuntamiento practicará la oportuna comprobación y subsiguiente liquidación que será notificada al contribuyente.
Cuánto cuesta
La cuota tributaria resultará de aplicar a la base el tipo de gravamen del veinte por ciento.
Unidad de gestión
U.G. de ADMINISTRACION DE TRIBUTOS
Normativa aplicable
Real Decreto 3250/1976, de 30 de diciembre, por el que se ponen en vigor las disposiciones de la Ley 41/1975, de Bases del Estatuto del Régimen Local, relativas a ingresos de las Corporaciones Locales, y se dictan normas provisionales para su aplicación.
Ordenanza Fiscal Nº 14, Reguladora del Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuales son los requisitos técnicos para realizar la solicitud telemática?
- Puede autenticarse y firmar con: · DNI electrónico (será necesario disponer de un lector de tarjetas inteligente). · Certificado emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). · Cl@ve permantente · Identificación europea. Consideraciones en caso de utilizar certificado o dni electrónico: Si se utiliza el navegador internet explorer, instalar la última versión de java (enlace). Si se utiliza google chrome, instalar la aplicación autofirma (enlace).
- ¿En qué formato puedo presentar la documentación?
- En formato pdf y jpg.
- ¿Tengo alguna limitación de tamaño en la documentación que aporte?
- Si. El tamaño máximo permitido de cada documento no puede superar los 1.024 KB (10 MB)
- ¿Le devuelve algún error el sistema al presentar la solicitud?
- Para ponerse en contacto con el soporte técnico del Ayuntamiento, escriba un correo a soporte@valdepenas.es, indique un breve asunto y describa el error o adjunte una imagen. Si lo desea, también puede facilitar un teléfono de contacto.
- No tengo certificado electrónico ¿Dónde y cómo puedo solicitarlo?
- Si desea utilizar clave permanente: Puede solicitarlo en el Ayuntamiento de Valdepeñas, solicitando cita previa en el teléfono 646882429. Si desea utilizar un certificado electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: Realice la solicitud en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica y posteriormente puede acreditar la identidad con el código de solicitud que reciba, en el Ayuntamiento de Valdepeñas. Si desea utilizar el DNI electrónico, puede renovar el certificado almacenado dentro o cambiar el pin de uso en el punto ubicado en las comisarías de la Policía Nacional, pero recuerde que para su uso necesita un lector de tarjetas. *Para todos los procedimientos, necesita personarse el interesado con su documento de identidad.