Modelo 018. Autorización de Representación
A) Instancias generales
Anexo para acreditar la autorización del representante
Descripción
Conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación.
Para acreditar la autorización de la representación podrá hacer uso de este modelo, que deberá cumplimentar con los datos de autorizante y autorizado y contar con sendas firmas. Este anexo se adjuntará a aquellas solicitudes, declaraciones, comunicaciones o recursos que se presenten en representación de terceros, junto con la copia del documento de identidad del autorizante.
Deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Ley antes mencionada en cuanto a la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Si el representante o el representado está obligado a relacionarse con el Ayuntamiento con medios electrónicos no se podrá presentar este documento de manera presencial.
La ciudadanía podrá hacer uso de Apodera (Registro Electrónico de Apoderamientos del Gobierno: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm) para autorizar a otros ciudadanos o entidades a actuar en su nombre en las relaciones con las Administraciones Públicas.
A quién va dirigido
Cualquier ciudadano/a que desee tramitar una solicitud o comparecer en un procedimiento a través de representante.
Cómo se tramita
Presencial
Documentación necesaria
- Anexo. Autorización de Representación
- Fotocopia del documento de identidad del autorizante
Plazo de resolución
En el caso de que la representación no quede acreditada suficientemente, el Ayuntamiento debe conceder al interesado un plazo de 10 días para que subsane su solicitud.
Si no tengo ninguna respuesta en el plazo establecido
Al tratarse de un acto administrativo, no se produce silencio administrativo.
Normativa aplicable
Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuales son los requisitos técnicos para realizar la solicitud telemática?
- Puede autenticarse y firmar con: · DNI electrónico (será necesario disponer de un lector de tarjetas inteligente). · Certificado emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). · Cl@ve permantente · Identificación europea. Consideraciones en caso de utilizar certificado o dni electrónico: Si se utiliza el navegador internet explorer, instalar la última versión de java (enlace). Si se utiliza google chrome, instalar la aplicación autofirma (enlace).
- ¿En qué formato puedo presentar la documentación?
- En formato pdf y jpg.
- ¿Tengo alguna limitación de tamaño en la documentación que aporte?
- Si. El tamaño máximo permitido de cada documento no puede superar los 1.024 KB (10 MB)
- No tengo certificado electrónico ¿Dónde y cómo puedo solicitarlo?
- Si desea utilizar clave permanente: Puede solicitarlo en el Ayuntamiento de Valdepeñas, solicitando cita previa en el teléfono 646882429. Si desea utilizar un certificado electrónico emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: Realice la solicitud en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica y posteriormente puede acreditar la identidad con el código de solicitud que reciba, en el Ayuntamiento de Valdepeñas. Si desea utilizar el DNI electrónico, puede renovar el certificado almacenado dentro o cambiar el pin de uso en el punto ubicado en las comisarías de la Policía Nacional, pero recuerde que para su uso necesita un lector de tarjetas. *Para todos los procedimientos, necesita personarse el interesado con su documento de identidad.