AYUDAS PARA PROYECTOS Y ACTUACIONES DENTRO DEL PROGRAMA EMPRENDETUR I+D+I EN EL MARCO DEL PLAN NACIONAL E INTEGRAL DEL TURISMO
AYUDAS PARA PROYECTOS Y ACTUACIONES DENTRO DEL PROGRAMA EMPRENDETUR I+D+I EN EL MARCO DEL PLAN NACIONAL E INTEGRAL DEL TURISMO
1.- OBJETO
Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios:
§ a) Apoyar la investigación y desarrollo aplicado a productos del sector turístico.
§ b) Fortalecer los procesos de I+D+i en el sector turístico.
§ c) Impulsar el desarrollo de productos turísticos innovadores que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español.
§ d) Facilitar a las empresas el acceso a desarrollos innovadores para la mejora de sus productos turísticos con el fin de la internacionalización de los mismos.
2.- BENEFICIARIOS
Las personas físicas residentes en España y las empresas legalmente constituidas en España. Se entenderá por empresa cualquier entidad que, independientemente de su forma jurídica y del origen de su financiación, tiene una actividad económica, es decir, pone bienes o presta servicios en un mercado determinado.
3.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo máximo de presentación de solicitudes será desde el día el 4 de julio hasta el 27 de julio de 2015.
La solicitud de participación en la convocatoria de ayudas del programa Emprendetur I+D+i constará de dos elementos: solicitud/cuestionario y memoria.
4.- TIPOS DE ACTUACIÓN
Podrán ser objeto de las ayudas los proyectos y modelos de negocio que se adecuen a los ámbitos de conocimiento científico tecnológico del sector turístico especificados en el anexo I de la presente convocatoria.
5.- GASTOS FINANCIABLES
Las ayudas se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación para el que se hayan concedido. Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:
a) Gastos de personal.
b) Costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.
d) Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 10 % de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.
e) Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
6.- FINANCIACIÓN
La financiación de las ayudas correspondientes a esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.833.02 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
Para más información consultar el archivo adjunto
![]() | Type: application/octet-stream Name: EMPRENDETUR I+D+i.pdf |