CONVOCATORIA DE CONCESION DE AYUDAS POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PLANES INDIVIDUALES DE PROMOCION INTERNACIONA
Resolución de 02/11/2017, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba
la convocatoria de concesión de ayudas, al amparo de la Orden 67/2017, de 21 de marzo, de la Consejería de
Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo
de planes individuales de promoción internacional convocadas por el Instituto de Promoción Exterior de
Castilla-La Mancha para promover y consolidar la actividad exportadora de las empresas, cofinanciables en
un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder 2014-2020 de
Castilla-La Mancha
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden las empresas, las personas físicas que se encuentren
en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), los clústeres, las comunidades de bienes,
las cooperativas, o cualquier otro tipo de unidad económica con patrimonio separado, excepto las fundaciones, empresas
u organismos públicos y las administraciones públicas.
Los beneficiarios no podrán operar en ninguna de las secciones, divisiones, grupos y clases de la Clasificación Nacional
de Actividades Económicas 2009 (CNAE-09) que a continuación se relacionan:
En la sección C, las siguientes divisiones:
13- Industria textil.
14- Confección de prendas de vestir.
15- Industria del cuero y del calzado.
En la sección G, división 46, grupos 461, 462 y 464, las siguientes clases:
4616- Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero.
4624- Comercio al por mayor de cueros y pieles.
4641- Comercio al por mayor de textiles.
4642- Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado
Segundo. Objeto.
La concesión de ayudas a empresas para acciones contempladas en sus planes individuales de promoción internacional
para favorecer la internacionalización del tejido empresarial y productivo regional, contribuyendo a incrementar y consolidar
su presencia en los principales mercados internacionales.
Tercero. Bases reguladoras
Orden 67/2017, de 21 de marzo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de planes individuales de promoción internacional convocadas por
el Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha para promover y consolidar la actividad exportadora de las
empresas, publicada el 10 de abril de 2017, en el DOCM nº 71, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de
Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder 2014-2020 de Castilla-La Mancha y modificada por la
Orden 181/2017, de 23 de octubre de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo publicada el 2 de noviembre de
2017, en el DOCM nº 212.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.
El porcentaje de subvención máxima es del 20% en el caso de grandes empresas y del 40% para el resto de beneficiarios,
con límite máximo de 8.000,00 euros de ayuda por beneficiario. El presupuesto mínimo de la suma de todos
los gastos sobre los que se solicita la subvención, deberá ser, al menos, de 6.000 euros. Esta información se deberá
presentar conforme al modelo que acompaña a la convocatoria (Anexo II). El importe máximo del crédito destinado a
la financiación de las subvenciones previsto para la convocatoria asciende a 350.000,00 euros, que se realizará con
cargo al presupuesto del IPEX 2018, Programa 751B, partida 47573. Al tratarse de una convocatoria de tramitación
anticipada, la concesión de esta ayuda queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el
Presupuesto del IPEX 2018.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria
y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Sexto. Otros datos.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, conforme al formulario que se incluye
como Anexo I a la convocatoria, que se encontrará disponible, para cumplimentarlo digitalmente, en la sede electrónica
de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es).