ABIERTA CONVOCATORIA DEL "DISTINTIVO DE EXCELENCIA" EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL"

Fecha de publicación:11/21/2018
Resumen:Para recoconer la labor desarrollada por empresas del Castilla-La Mancha a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, estimulando así la implatación de politicas igualitarias

 CONCESION DEL "DISTINTIVO DE EXCELENCIA" EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

Plazo de presentación de solicitudes:  Del Mar, 20 Nov 2018 al Mar, 11 Dic 2018

Objeto:  

Reconocer públicamente la labor desarrollada por empresas radicadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, estimulando así la implantación de políticas igualitarias.

Destinatarios:  

Cualquier empresa implantada en Castilla-La Mancha, ya sea de carácter público o privado, que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 6/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en Igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

Requisitos:  

Las empresas implantadas en Castilla-La Mancha, tanto de carácter público como privado, podrán solicitar el Distintivo de Excelencia siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Que hayan acordado con los sindicatos o representantes de su personal planes de igualdad que lleven funcionando  al menos dos años con anterioridad al plazo de presentación de la solicitud.

b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) No haber sido sancionadas en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

d) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros públicos correspondientes.

Criterios de evaluación:

Los criterios de valoración para la concesión del Distintivo son los determinados en el Artículo 6 del Decreto 6/2013 de 7 de febrero y la Base Novena de la Resolución de 05/03/2013, del Instituto de la Mujer de Castilla la Mancha:

a) Los modos de llegar al equilibrio entre hombres y mujeres empleados y empleadas y en las distintas categorías profesionales.

b) La promoción interna en los niveles en los que las mujeres están en menor proporción que los hombres.

c) La garantía de la igualdad retributiva. Se tendrá en cuenta en este criterio la igualdad salarial en cada categoría profesional

d) La prevención y el compromiso de tener un ambiente laboral libre de acoso sexual y acoso moral por razón de

género y respetuoso con los derechos humanos.

e) El apoyo explícito a las mujeres desempleadas que hayan sido víctimas de violencia de género, ampliando las

medidas laborales de la Ley Orgánica1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de protección Integral contra la Violencia

de Género.

f) Las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

g) El compromiso de una publicidad no sexista. Se valorará para este criterio, el uso de un lenguaje inclusivo y no

sexista y la utilización de una imagen igualitaria y plural de las mujeres libre de estereotipos sexistas.

h) La prevención de la salud laboral del personal, atendiendo a las consecuencias derivadas de las diferencias biológicas

de mujeres y hombres.

i) Las reservas de plazas para mujeres en situación de vulnerabilidad.

j) El fomento de empleo de mujeres jóvenes.

k) La posibilidad de sus empleadas de realizar cursos de formación durante la jornada laboral

l) La presencia de mujeres en los órganos de gobierno y administración de la empresa.

Documentación a aportar:  

1. Las formas de acreditar el cumplimiento de los requisitos generales serán las siguientes:

Acreditación de requisitos mediante declaraciones responsables:

a) Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

b) Declaración firmada por la representación legal de la entidad, incluido en la solicitud, de no haber sido sancionada en los tres años anteriores a la solicitud con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones en el Orden Social, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

c) Declaración responsable de estar legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.

Documentación relativa al cumplimiento del resto de requisitos generales:

a) Documento acreditativo de la implantación de la entidad solicitante en Castilla-La Mancha a través de la tarjeta de identificación fiscal o, en su caso, del Número de Identificación Fiscal (NIF)

b) Documento acreditativo de la representación legal de quien firme la solicitud.

c) Documento que acredite que el Plan de Igualdad ha sido acordado y aprobado con los sindicatos o representantes de personal; así como dicho Plan de Igualdad.

2.- Documentación específica en materia de igualdad de oportunidades:

Se deberá cumplimentar el modelo normalizado de cuestionario de evaluación y autoevaluación, conforme al Anexo I, aportando cualquier otra documentación que la empresa considere oportuna a los efectos de acreditar las medidas desarrolladas en materia de igualdad de oportunidades, conciliación o responsabilidad social, así como el modelo normalizado del informe de evaluación de los resultados del Plan de Igualdad en los dos últimos años conforme al Anexo II.

Lugar de presentación:  

Las empresas presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm)

Marco legal:  

DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.

DOCM: 12/02/13 Decreto 6/2013, de 07/02/2013, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

DOCM: 19/11/18 Resolución de 06/11/2018, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2018.

DOCM: 08/03/13 Resolución de 05/03/2013, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2013 y se establecen sus bases reguladoras.