CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACION DE PROYECTOS DENTRO DEL PROGRAMA GARANTIA +55 EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA LA MANCHA PARA EL EJERCICIO 2017
Resolución de 03/10/2017, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan las
subvenciones para la realización de proyectos dentro del Programa Garantía +55 años, en el marco del Plan
Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2017.
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones convocadas mediante la presente Resolución:
a) Las entidades locales, las entidades vinculadas o dependientes de las mismas, las agrupaciones de municipios y las
diputaciones provinciales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. En el supuesto de agrupaciones de municipios,
tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, se deberán hacer constar los compromisos de ejecución
asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que
tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado
único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden
a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los
artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 8 de noviembre, General de Subvenciones. A los efectos de esta convocatoria,
una misma entidad puede ser beneficiaria de esta línea de ayudas a título individual y como miembro de una agrupación
de municipios, en su caso, siempre que se trate de proyectos diferenciados.
b) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, cuyo ámbito territorial de actuación sea la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha.
Segundo. Objeto e inversiones subvencionables.
Las subvenciones estarán destinadas a sufragar por cada persona adscrita a los trabajos de colaboración social objeto
del Programa de Garantía +55, los costes del complemento del subsidio por desempleo para mayores de 55 años previstos
en el artículo 7.c) de la Orden de 24 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, los
costes de desplazamiento y de la cuota por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 24 de mayo de 2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de proyectos dentro del Programa Garantía +55 años,
en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La
Mancha número 107, de 2 de junio de 2016, así como por la modificación efectuada por la Orden 159/2017, de 12 de
septiembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha
número 184, de 21 de septiembre de 2017.
Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones.
El importe del crédito destinado a la financiación de la convocatoria asciende a 3.400.000,00 euros. Las entidades beneficiarias
podrán recibir una subvención de 500 euros mensuales, por cada persona desempleada que se adscriba a
trabajos de colaboración social, no pudiendo superar en ningún caso, la cuantía que la entidad beneficiaria ha de
abonar por la totalidad de los conceptos subvencionables.
Quinto.
Plazo y forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Programas de
Empleo, y se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que figura en los Anexos
I y II de la presente convocatoria, incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos podrán ser digitalizados
y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite, las solicitudes
presentadas por medios distintos al anteriormente señalado. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte
días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario
Oficial de Castilla-La Mancha.
Anexos
