CONVOCATORIA DE AYUDAS EN ESPECIE PARA LA PARTICIPACION AGRUPADA EN EL STAND DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA PARA LA ASISTENCIA A LA FERIA AGROALIMENTARIA ALIMENTARIA BARCELONA 2018
Resolución de 10/11/2017, de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se
convocan mediante el procedimiento de tramitación anticipada, en régimen de minimis, ayudas en especie para
la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo
Rural para la asistencia a la feria agroalimentaria Alimentaria Barcelona 2018.
Primero. Beneficiarios.
Las personas físicas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), las personas jurídicas,
las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica
o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones objeto de
subvención, que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas ayudas.
Segundo. Objeto.
Convocar, mediante el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2018, las ayudas en especie para la asistencia
a la feria Alimentaria Barcelona 2018. La subvención en especie consistirá en la participación agrupada en el
stand que contratará la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural para la asistencia a la feria “Alimentaria
Barcelona 2018” en un espacio semiabierto y orientado a pasillo que tendrá a su disposición cada beneficiario
dentro del stand, en el que dispondrán del mobiliario estándar individual para cada empresa, necesario para exponer
sus productos, así como una zona asignada para almacenaje. No se considerarán gastos subvencionables los costes
de contratación de alquiler de suelo, cuotas o tarifas de inscripción ni otros elementos promocionales. Las actuaciones
subvencionables serán las realizadas entre el 16 y el 19 de abril de 2018, días de celebración de Alimentaria Barcelona
2018.
Tercera. Bases reguladoras.
Orden de 27 de febrero de 2015, de la Consejería de Agricultura, por laque se establecen las bases reguladoras para
la concesión, en régimen deminimis, de ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará
la Consejería de Agricultura para la asistencia a las ferias del sector agroalimentario, publicada en el Diario Oficial de
Castilla-La Mancha nº 43, de 4 de marzo de 2015.
Cuarto. Cuantía.
El presupuesto total previsto para esta convocatoria es de 113.677,08 euros con cargo a la partida presupuestaria
21050000G/716A/47090 de los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el
año 2018, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de las Orden
de bases de estas ayudas y debido al diseño del stand de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo
Rural en la feria “Alimentaria Barcelona 2018”, el número máximo de beneficiarios total será de veintiocho, que según lo
establecido en el artículo 2.2 de la resolución de convocatoria se dividirán de la siguiente forma: a) el número máximo de
beneficiarios, cuyo producto a exponer sea vino, será diez. b) el número máximo de beneficiarios, cuyos productos
a exponer sean otros alimentos distintos del vino, será dieciocho. La cuantía de la subvención por beneficiario se
calculará dividiendo el importe del coste de contrato de diseño, construcción, montaje, desmontaje y servicios del
stand institucional de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural en la feria Alimentaria Barcelona
2018, entre el número de beneficiarios seleccionados.
Quinto. Plazo presentación solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución
en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto
en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Sexto. Otros datos.
Estas ayudas están sujetas a los límites establecidos en el Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18
de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis (D.O.U.E L-352, de 24 de diciembre de 2013). La ayuda de minimis concedida en
esta convocatoria no se acumulará con ninguna ayuda correspondiente a los mismos gastos subvencionables si
dicha acumulación da lugar a una intensidad de la ayuda superior a la establecida para las circunstancias concretas
de cada caso por un reglamento de exención por categorías o en una decisión adoptados por la Comisión.